MODELO DE SOLICITUD VOTO POR CORREO EN ELECCIONES DERECHO VOTACION.
ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO 2009
- OFICINA DEL CENSO ELECTORAL -
SOLICITUD VOTO POR CORREO
- OFICINA DEL CENSO ELECTORAL -
SOLICITUD VOTO POR CORREO
El impreso que se acompaña a esta hoja auxiliar es el modelo de solicitud que el elector deberá cumplimentar para recabar, de la Delegación de la Oficina del Censo Electoral que corresponda, el certificado de inscripción en el Censo Electoral y poner en marcha de esta manera procedimiento para poder emitir su voto por correo en las Elecciones que tendrán lugar el próximo día 7 de junio.
Pueden votar por correo los electores que prevean que en la fecha de la votación no se hallarán en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho al voto.
Los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España, pueden solicitar el envío de la documentación pare el voto por correo a un domicilio en España, para lo cual deben cumplimentar la solicitud de voto por correo anotando una "X" en el apartado "Residente en el extranjero ".
También pueden votar por correo los electores que, por enfermedad o incapacidad física, no pueden personarse en el lugar de la votación.
La solicitud se debe formular personalmente por los interesados.
La solicitud y el sobre de remisión deberán dirigirse a la provincia donde figura inscrito en el Censo-Electoral.
En caso de enfermedad o incapacidad (cuya existencia deberá acreditarse por medio de certificación médica oficial) la solicitud puede ser efectuada en nombre del elector por persona autorizada notarial o consularmente, mediante documento que se extenderá individualmente en relación con cada elector y sin que en el mismo pueda incluirse a varios electores, ni una misma persona representar a más de un elector (el elector tiene derecho a que estos documentos sean extendidos de forma gratuita). En estos casos la solicitud deberá ser firmada por el representante.
La certificación médica y la autorización deberán incluirse en el sobre de remisión junto a la solicitud.
La solicitud cumplimentada y firmada, deberá ser presentada en cualquier Oficina de Correos de España. El funcionario encargado de recibirla exigirá al interesado la exhibición de su Documento Nacional de Identidad y comprobará la coincidencia de la firma. En ningún caso se admitirá fotocopia del mismo.
No será válido el envío por correo ordinario.
Se puede solicitar a partir de la fecha de convocatoria y hasta el décimo día anterior al de la votación (28 de mayo).
No obstante, si Vd. piensa ejercer el derecho al voto por correo, no espere a última hora. Formule la solicitud lo antes posible.
La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, iniciará los envíos de la documentación necesaria para el voto por correo el día 18 de mayo. El envío se hará al domicilio indicado por Vd. en la solicitud y a su nombre.
El aviso de recibo acreditativo de la recepción de la citada documentación deberá ser firmado personalmente por el interesado previa acreditación de su identidad.