➡️ Contrato de Promesa de Venta Judicial
CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA MEDIANTE CONVENIO DE REALIZACIÓN JUDICIAL CON CLAUSULA DE ARRAS O SEÑAL (PROPIEDAD EN EMBARGO HIPOTECARIO)
En --------------, a --- de -------- de --------------
REUNIDOS:
De una parte, como vendedores:
DON ---------------------, mayor de edad, con DNI nº -----------, con domicilio en la calle --------------nº -- de -------------, abogado-colegiado ------ del Ilustre Colegio de Abogados de ---------, en representación, según poder notarial de;
DOÑA ------------------ , mayor de edad, viuda, con DNI nº ------------, con domicilio en la calle --------, número -----, de la localidad de ----------------, y Don ---------------------------------, menor de edad y representado por su madre u tutora.
De otra parte, como parte compradores:
Ambas partes contratantes se reconocen recíprocamente capacidad legal para formalizar este contrato privado de compraventa, haciendo constar que intervienen en el mismo en su propio nombre y derecho.
DECLARACIONES
I.- FINCA OBJETO DE ESTE CONTRATO.
Los vendedores declaran que son dueños en pleno dominio y como bien hereditario de las siguientes fincas:
FINCA PRIMERA.- Vivienda denominado ------. Es la finca independiente número ---- del edificio sito en ------------, con fachada principal a la ----------------- número --. Se encuentra situada en la sexta planta de la escalera señalada con el número
Tiene una superficie construida de ---- metros cuadrados y una superficie útil de ----- metros cuadrados.
Linderos: entrando, al frente, con rellano de escalera, vivienda denominada ---- y primera planta de la vivienda denominada ----- de esta misma escalera; derecha, con zona peatonal y vivienda denominada ---- de esta misma planta y escalera; izquierda, con planta primera de la vivienda denominada ---- de esta misma escalera; y fondo, con planta primera de la vivienda denominada ---- y con zona deportiva.
CUOTA.- Se le asigna una cuota de participación en el valor total y elementos comunes del edificio del ----.
INSCRIPCIÓN.- Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad número uno de los de ---------, al tomo ----, libro ----, folio ----, finca número -------.
FINCA SEGUNDA.- Plaza de garaje señalada con el número -----. Es la finca independiente número ----- del edificio sito en -----------, con fachada principal a la Avenida de los Artesanos número --.
Está situada en el segundo sótano.
Tiene una superficie construida aproximada de ------ metros cuadrados.
Linderos: al frente entrando con zona de circulación; a la derecha, con plaza de garaje número ----; a la izquierda, con plaza de garaje número ---; y al fondo, con subsuelo zona deportiva.
CUOTA.- Se le asigna una cuota de participación en el valor total y elementos comunes del edificio del -----%.
INSCRIPCIÓN.- Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad número uno de los de --------------, al tomo ---, libro ----, folio ----, finca número -----.
TITULO.- Les pertenecen por mitad y pro indiviso por
TITULO: La finca descrita les pertenece la mitad propiedad de Doña ----------------------- por compraventa y la mitad de Don ------------------------ por herencia, siendo el causante su padre Don -----------------, fallecido el --- de ----- de ----, habiéndose tramitado Acta de Notoriedad de declaración de herederos abintestato, en fecha de ----- de ------ de -------, ante el notario ----------------, con numero de su protocolo ------.
II.- SITUACIÓN CATASTRAL: La finca descrita se encuentra catastrada a nombre de la vendedora, encontrándose al corriente de los pagos del IBI.
III.- ESTADO DE CARGAS: La parte vendedora declara que la finca objeto de este contrato no está libre de cargas
La vivienda se encuadra hipoteca y en proceso de embargo y ejecución judicial nº ----------- que se sigue en el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de --------------, por el Banco ------------- S.A. por un importe de ------------- euros de principal, ---------- euros de intereses ordinarios, ----------- euros de intereses moratorios y ----------- de costas judiciales, así como por una deuda personal con el Banco ------------- de aproximadamente ------ euros.
IV.- SITUACIÓN ARRENDATICIA: En estos momentos se encuentra arrendada y ocupada, hasta el --- de --------de ----.
V.- De conformidad con los antecedentes expuestos, las personas que suscriben este documento, están interesadas, en base al artículo 1451 del Código Civil, en obligarse a comprar y vender respectivamente la citada finca descrita anteriormente con arreglo a las estipulaciones que se expresan a continuación.
E S T I P U L A C I O N E S
PRIMERA.- COMPRAVENTA.
Los vendedores venden la finca descrita en el antecedente primero (I) de este contrato a, dicha compraventa se formalizara a través del correspondiente Convenio de Realización Judicial ante el Juzgado que tramita la Ejecución Hipotecaria.
SEGUNDA.- PRECIO DE VENTA.
El precio de esta compraventa es el de ------------------ EUROS (------------ euros).
Los pagos se efectuaran de la siguiente forma;
En el Convenio de realización Judicial se abonaran las cantidades pendientes en le ejecución judicial relacionados en la declaración tercera de este acuerdo, mediante pago directo al banco acreedor.
Las restantes cantidades se abonaran en el momento que la compradora proceda a la firma de la escritura de hipoteca.
A la firma del presente documento la compradora entregara mediante transferencia bancaria la cantidad de ------- euros en concepto de señal, y otros ----------- euros en el momento que se reciba notificación por el Juzgado la fecha de comparecencia para la celebración del Convenio Judicial de Realización. Ambas cantidades formaran parte del precio de venta.
TERCERA.- TRANSMISIÓN DE LA FINCA.
Las partes contratantes o sus herederos, se obligan a transmitir la propiedad mediante la venta en el Convenio de Realización Judicial o bien a elevar a escritura pública este contrato privado de compraventa mediante su comparecencia ante Notario.
CUARTA.- Este contrato se llevara a efecto por los herederos de cualquiera de los firmantes, en el supuesto de ser necesario.
Asimismo, bajo ningún concepto el bien objeto de este contrato podrá ser objeto de cualquier otro negocio jurídico, en especial no será objeto, ni de donación, partición hereditaria o compraventa.
QUINTA.- GASTOS.
Serán de cuenta de la parte vendedora el Impuesto sobre el Incremento de valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y cualesquiera gastos que deriven de actos previos al otorgamiento de la escritura de compraventa y que sean necesarios para el otorgamiento de la misma. En consecuencia, serán de cuenta de la parte vendedora todos los gastos notariales, regístrales, fiscales o de otro tipo que deriven de la cancelación de embargos, hipotecas, condiciones resolutorias expresas, precios aplazados o cualesquiera otras cargas que recaigan sobre la finca vendida en la fecha de otorgamiento de la escritura de compraventa.
Serán de cuenta de la parte compradora los impuestos de cualquier tipo que graven la adquisición de la finca comprada en virtud de este contrato, los honorarios notariales por el otorgamiento de la escritura pública de compraventa y los honorarios regístrales por la inscripción en el Registro de la Propiedad a nombre del comprador de la compra efectuada.
SEXTA.- CARGAS NO APARENTES.
La parte vendedora declara que se encuentra al corriente en el pago de los impuestos que gravan la titularidad de la finca vendida en virtud de este contrato.
Liquidación de Impuestos que graven la propiedad de la finca vendida, dicha parte vendedora asume expresamente la obligación de pago de tales cantidades pendientes de abono.
La obligación de pago asumida por la parte vendedora se entiende sin perjuicio de que la finca vendida quede legalmente afecta al pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente a los ejercicios vencidos y no satisfechos, hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y al año natural inmediatamente anterior.
SÉPTIMA.- IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES.
Sin perjuicio de la fecha legal de devengo del Impuesto de Bienes Inmuebles y del carácter de sujeto pasivo del mismo de la persona que en tal fecha resulte propietario de la finca objeto de este contrato, ambas partes contratantes acuerdan que el importe del citado impuesto correspondiente al año de la fecha de este contrato, se prorrateará entre la parte vendedora y la parte compradora en proporción al número de días que cada parte contratante haya sido propietaria de la finca durante el año del devengo del impuesto. A estos efectos, se entiende que la parte compradora deviene propietaria de la finca objeto de este contrato en la fecha del otorgamiento de la escritura pública de compraventa, salvo que de la propia escritura resulte otra cosa.
OCTAVA.- RESCISIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO POR MEDIAR ARRAS.
De conformidad con lo establecido en el artículo 1.454 del Código Civil, el presente contrato de compraventa podrá rescindirse a instancia de la parte compradora o de la parte vendedora. En el caso de rescisión del contrato a instancia de la parte compradora, ésta se allanará a perder la cantidad entregada como arras o señal, y en el caso de rescisión a instancia de la parte vendedora, ésta deberá devolver a la parte compradora una cantidad equivalente al doble de la cantidad entregada como arras o señal.
NOVENA. DIVERGENCIAS O LITIGIOS
Las partes, con expresa renuncia a su propio fuero y para la resolución de las cuestiones, divergencias o litigios que puedan surgir en el cumplimiento e interpretación de este documento, se someten a la competencia y jurisdicción de los Juzgados que las tuvieren sobre el municipio de -------------- .
Y así conformes, firman el presente documento por cuadruplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados al principio en todas sus hojas.
VENDEDORES COMPRADOR
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