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➡️ Oposición a Ejecución de Sentencia de Reconocimiento de Salarios


Escrito de oposición a ejecución de sentencia de reconocimiento de salarios de tramitación, juzgado de lo social.
 
 
 
AL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 DE ----------------------------------


-------------------- Colegiado nº -------- del Ilustre Colegio de Abogados de ------------ en representación de SISTEMAS DE ------------------------- S.L., según tengo acreditado en autos de Juicio nº --------, en el Procedimiento de Ejecución de Sentencia -----------------, ante el juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho, DIGO:

PRIMERO.- Que el día ---- de Enero de ----- nos es notificado Auto de fecha ---- de Enero de ----- por el que se despacha ejecución de sentencia.

SEGUNDO.- Que nos oponemos a dicha ejecución en base a que el trabajador a venido prestando servicios y trabajando para otra empresa entre la fecha del despido y la fecha de notificación de sentencia, coincidente por tanto dicha prestación laboral con el periodo de tramitación del despido, hechos de los que ha tenido conocimiento esta parte posteriormente a dictarse la sentencia ejecutada.

TERCERO.- Que el propio trabajador desistió de la readmisión puesto que con anterioridad a dictar la sentencia ya había obtenido otro empleo coincidente con el periodo de los salarios de tramitación.

CUARTO.- Que habrán de ser deducidos del importe de los salarios de tramitación los importes salariales percibidos por el trabajador por parte de otra empresa de construcción.

QUINTO.- Que el articulo 56 1.b) del Estatuto de los Trabajadores recoje claramente y señala la procedencia de los Salarios de Tramitación de la siguiente manera
"Una cantidad igual a los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia que declare la improcedencia o hasta que hubiere encontrado otro empleo si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido para su descuento de los salarios de tramitación"

SEXTO.- Que la Jurisprudencia de la Sala IV de Lo Social ha recogido en sentencia -- de Marzo de ----- ( recurso 008/4846/2002 ) establece que los salarios de tramitación están concebidos como cantidad de dinero a percibir como reparación de la falta ingresos del trabajador, durante la tramitación de un proceso que concluye con la declaración de improcedencia o nulidad de su despido. De aquí que si durante la citada tramitación, el trabajador ha conseguido ingresos por vía de empleo o colocación en otra empresa, el articulo 56 del Estatuto de los Trabajadores autoriza el descuento correspondiente de esos salarios.

Asimismo esta misma Sala en sentencia de --- de Mayo de ---- y ---de Mayo de ----- establece que los salarios de tramitación tienen una evidente y clara naturaleza indemnizatoria, pues con ellos se pretende, compensar al trabajador uno de los perjuicios que para el se derivan del hecho del despido y durante la substanciación del proceso correspondiente, por ello si el trabajador ha trabajado para otra empresa en todo o en parte de ese lapso de tiempo y ha cobrado la pertinente renumeracion , es obvio que, en cuanto al montante de esta, no ha existido perjuicio alguno, y si no hay perjuicio, no puede haber tampoco resarcimiento. Así pues en estos casos desaparece la "ratio legis", el fundamento esencial que justifica la existencia de la obligación de satisfacer los salarios de tramitación, y al desaparecer la causa que la justifica y genera, esta obligación no puede existir, al menos en la cuantía coincidente.

SÉPTIMO.- Que por todo ello se cree del todo necesario que las partes sean citadas a una comparecencia según se establece en el articulo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral, requiriendose a la parte ejecutante que aporte informe de vida laboral o bien sea solicitado de oficio informe de vida laboral y de cotizaciones del ejecutante durante el periodo de tramitación del procedimiento de despido, ya que a esta parte le es del todo imposible tener acceso a dicha información.

Por todo ello.

SUPLICO AL JUZGADO Que se suspenda el procedimiento de ejecución hasta que las partes sean citadas a una comparecencia prevista en el articulo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral, y en base a lo manifestado en el cuerpo de este escrito se solicite a la parte ejecutante que aporte informe de vida laboral, informe de cotizaciones y nominas o bien que dicha información sea solicitada de oficio por el Juzgado a la administración pertinente, procediendose a descontar las cantidades percibidas de los salarios de tramitación.

Es de Justicia que pido en ---------------- a -- de Febrero de ----- .